3. An�lisis y evaluaci�n de impacto ambiental. Fuentes de referencia
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3.1 Aire
En Alemania, las concentraciones admisibles de gases en el aire de las minas subterr�neas se exponen en los reglamentos relativos a las minas de carb�n de piedra y de minerales25 emitidos por el inspectorado de minas de Renania del Norte-Westfalia26 y en las directivas espec�ficas de dicho organismo.
A continuaci�n se describen las medidas que deben tomarse cuando la concentraci�n de metano (CH4) en el aire de ventilaci�n libremente circulante supera los siguientes valores:
| m�s de 0,5 %: | desconexi�n del sistema el�ctrico de locomotoras de trole |
| m�s de 1,0 %: | medici�n y vigilancia de la concentraci�n, con representaci�n gr�fica |
| m�s de 0,3 %: | desconexi�n de equipos el�ctricos |
| m�s de 2,0 %: | desconexi�n de aparatos de vigilancia |
Las instalaciones de evacuaci�n de gases est�n sujetas a las directrices relativas la aspiraci�n de gases.
A partir de una concentraci�n de 50 partes por mill�n (ppm) de mon�xido de carbono (CO), deben adoptarse medidas especiales de rescate, salvamento y seguridad, seg�n un plan elaborado por el servicio minero de salvamento.27
25Bergbauverordnung f�r Steinkohlenbergwerke
(BVOSt), Bergbauverordnung Erzbergwerke (BVOE)
26Landesoberbergamt Nordrhein-Westfalen
27Hauptstelle f�r das Grubenrettungswesen der
Bergbauforschung GmbH (HGRW), Essen, 1982
Cuando la concentraci�n de di�xido de carbono (CO2) alcanza un nivel de 1,0 % se prohibe el acceso a las minas.
Cuando la concentraci�n de �xidos de nitr�geno es de 300 ppm NOx, con 30 ppm de NO2, el per�odo de exposici�n m�xima es de 5 minutos. Si la concentraci�n es de 100 ppm NOx (con un m�ximo de 10 ppm de NO2), el tiempo m�ximo de exposici�n es de 15 minutos por turno de trabajo.
El contenido en ox�geno tiene que ser de por lo menos 19 %.
La concentraci�n de �cido sulfh�drico (H2S) no debe ser superior a 20 ppm.
Todas las mediciones de gas se realizan con un aparato calibrado, de venta en establecimientos comerciales especializados.
Debe mantenerse una velocidad del aire de por lo menos 0,1 m/s en espacios grandes y de por lo menos 1,0 m/s en galer�as con transporte de trole. En galer�as destinadas a la circulaci�n de personas, la velocidad del aire de ventilaci�n no debe superar los 6,0 m/s.
Se ha fijado un volumen m�nimo de aire de 6 m�/minuto por persona, al cual deben agregarse entre 3 y 6 m�/minuto por cada caballo de vapor de los motores diesel que operan en la mina (cuando la concentraci�n de CO en el aire es de 0,06 a 0,12 %).
La velocidad del aire se determina por medici�n (anem�metros); el volumen de aire se calcula en base a la velocidad y el corte transversal de las labores.
Algunos de los reglamentos relativos a las concentraciones de gas y al volumen y/o velocidad del aire son v�lidos en diversos pa�ses, por ejemplo en las minas de carb�n de piedra de la India, en las minas de Chile y de la Rep�blica Popular de China, etc.
3.2 Ruido
Las disposiciones del inspectorado de minas de Renania del Norte-Westfalia28 con sede en Dortmund pueden tomarse como ejemplo de los valores l�mite aplicables a la emisi�n de ruido bajo tierra.
La intensidad ac�stica de los aparatos de perforaci�n no debe exceder los 106 dB (A) a una distancia de 1 metro, seg�n una disposici�n del inspectorado de minas de Renania del Norte-Westfalia.29
A partir de cierto nivel de ruido deben usarse dispositivos de protecci�n auditiva. La directiva de la Comunidad Europea relativa al ruido en la miner�a30 entr� en vigor en Alemania en 1992. La caja de enfermedad y de seguridad social del o sindicato minero de Westfalia31 en Bochum, por su parte, ha elaborado diversas normas para la medici�n de niveles sonoros. Los aparatos de medici�n pueden adquirirse en establecimientos comerciales especializados.
28Verf�gungen des Landesoberbergamtes
Nordrhein-Westfalen (LOBA)
29Rundverf�gung des Landesoberbergamtes
Nordrhein-Westfalen (LOBA)
30Directiva del Consejo de la CEE relativa al ruido
(1988)
31Westf�lische Berggewerkschaftskasse
3.3 Polvo
En la Rep�blica Federal de Alemania son aplicables los valores publicados anualmente por el consejo alem�n de investigaciones32 en Bonn, relativos a las concentraciones m�ximas admisibles en el puesto de trabajo (MAK)33, as� como a las concentraciones tolerables de mut�genos y sustancias cancer�genas (TRK)34 y a los valores de tolerancia biol�gica para sustancias empleadas en el trabajo (BAT)35. En ambientes donde se presentan concentraciones que afectan directamente a la salud, deben observarse estos valores de referencia u otros comparables (por ejemplo, los de organizaciones internacionales tales como el Banco Mundial).
32Deutsche Forschungsgemeinschaft
33Maximale Arbeitsplatz-Konzentrationen (MAK)
34Technische Richtkonzentrationen (TRK)
35Biologische Arbeitsstoff-Toleranzwerte (BAT)
En lo que respecta a la concentraci�n m�xima admisible de polvo en el puesto de trabajo, el valor m�s importante es el relativo al polvo fino de cuarzo bajo tierra, el cual ha sido fijado en 0,15 mg/m�. Para el polvo fino con contenido en cuarzo, es decir, el que contiene m�s de 1 % de este mineral, se ha establecido adicionalmente un valor de 4 mg/m�. Unicamente en la miner�a de carb�n de piedra se mantuvieron hasta hace poco valores l�mite m�s altos (0,60 mg/m� y 12 mg/m�, respectivamente), los cuales entretanto han sido reducidos (a partir de 1992).
La exposici�n m�xima admisible por persona se calcula multiplicando el n�mero de turnos de trabajo por la concentraci�n de polvo (mg/m�), y se ha fijado en 2.500 mg/m� en cinco a�os. Todos los trabajos bajo tierra se clasifican seg�n el grado de contaminaci�n con polvo.
Para personas con silicosis leve se ha establecido un valor de exposici�n m�xima de 1.500 (mg/m� x n�mero de turnos de trabajo) en un per�odo de 5 a�os. En Renania del Norte-Westfalia (estado federado alem�n con el mayor n�mero de minas), las mediciones y su evaluaci�n est�n sujetas al reglamento de minas de carb�n de piedra.36
36Bergbauverordnung f�r Steinkohlenbergwerke, Art�culos 44-48 (�ltima versi�n aprobada el 19 de febrero de 1979)
Tabla 3 - Otras concentraciones m�ximas de polvo importantes en la miner�a:
| fibras/m� | mg/m� | |
| � asbesto | ||
| - croquidelita | 0,5 x 106* | 0,025* |
| - dem�s tipos de asbesto | 1 x 106* | 0,05* |
| - polvo fino con contenido en asbesto | -- | 2,0* |
| � berilo | cancer�geno | |
| � polvo fino de �xido f�rrico | -- | 6 |
| � espatofl�or | -- | 2,5 |
| � polvo de minerales de n�quel (sulfurosos) | cancer�geno | |
| � mercurio | 0,1 | |
| � cinabrio | 0,01 | |
| � di�xido de titanio | 6 | |
| � �xidos de manganeso | 1 | |
| � compuestos de uranio | 0,25 |
Las mediciones se realizan mediante an�lisis por absorci�n at�mica y an�lisis radiol�gico de fluorescencia. Es recomendable aplicar estos valores a proyectos en pa�ses en desarrollo, utilizando los m�todos de medici�n y an�lisis de los pa�ses industrializados (v�ase la bibliograf�a).
* concentraci�n tolerable de mut�genos y sustancias cancer�genas (TRK)
3.4 Agua
En Europa, el vertido de aguas de proceso y residuales procedentes de la industria y de la miner�a est� estrictamente reglamentado. La directiva del Consejo de la Comunidad Europea (CE) referente a la captaci�n de agua potable en los Estados miembro37 establece tres categor�as de agua que requieren distintos grados de tratamiento (el nivel menor de tratamiento corresponde a la categor�a A1, los niveles mayores a las categor�as A2 y A3). Para ello se han establecido valores de referencia (G) y valores vinculantes (I). En la tabla siguiente se representan los valores de la CE correspondientes a la tercera categor�a (A3), junto con los valores umbral (Schw), por encima de los cuales existe un riesgo para la salud38, y los valores l�mite vinculantes (GW)39 establecidos por la oficina de agua y saneamiento de Renania del Norte-Westfalia (RNW)40. Los valores han sido seleccionados por su relevancia para las aguas de mina subterr�neas.
37Directiva de la CEE del 16 de julio de 1978, enmendada el 15 de julio de 1980
38Alem�n: Schwellenwerte (Schw)
39Alem�n: Grenzwerte (GW)
40Landesamt Wasser und Abfall Nordrhein-Westfalen, Entwurf Trinkwasserverordnung (TVO), 26 de julio de 1984
Tabla 4 - Directrices para la captaci�n de agua potable
| Elemento | Comunidad Europea | Renania del Norte-Westfalia | Elemento | Comunidad Europea | Renania del Norte-Westfalia | ||||
| [g/l] | G | I | Schw | GW | [mg/l] | G | I | Schw | GW |
| Fe | - | 0,2 | - | 0,2 | Cr | - | 0,05 | 0,03 | 0,05 |
| Mn | - | 0,1 | - | 0,1 | Pb | - | 0,05 | 0,01 | 0,04 |
| Cu | 1 | - | 0,03 | - | Se | - | 0,01 | - | - |
| Zn | 1 | - | 0,1 | 2,0 | Hg | 0,0005 | 0,001 | - | - |
| B | 1 | - | - | - | Ba | - | 1 | - | - |
| Mg | - | - | 25 | 50 | NO3 | 25 | 50 | 5 | 11 |
| Na | - | - | 50 | 150 | SO4 | 150 | 250 | 120 | 240 |
| K | - | - | 5 | 12 | Cl | 200 | - | 25 | - |
| Ni | - | 0,05 | 0,03 | 0,05 | F | 0,7/1,7 | 1 | - | - |
| As | - | 0,1 | 0,006 | 0,04 | |||||
| Cd | - | 5 | 2 | 5 | pH | 5,5 - 9 | 6,5 - 8 | ||
3.5 Suelo
Las escombreras rara vez se destinan a la explotaci�n agr�cola despu�s de su restauraci�n. No obstante, en caso de prever este tipo de uso, los valores tolerables para el contenido de metales pesados en los suelos podr�n consultarse en las directivas de la asociaci�n de centros alemanes para la investigaci�n agr�cola41 en Darmstadt o en el Centro Federal de Investigaciones Biol�gicas para Agricultura y Silvicultura42 en Berl�n. En general, ser� necesario identificar las sustancias contenidas en las escombreras y cualquier comportamiento de lixiviaci�n que pueda limitar el uso del suelo.
41Verband Deutscher Landwirtschaftlicher Untersuchungs- und Forschungsansalten
42Biologische Bundesanstalt f�r Land- und Forstwirtschaft
4. Relaci�n con otros �mbitos de actividad
La miner�a subterr�nea est� estrechamente ligada a otros �mbitos de actividad en cuanto respecta a sus efectos ambientales. Los �mbitos m�s importantes son:
- prospecci�n y exploraci�n de recursos geol�gicos, como actividad preliminar a la explotaci�n subterr�nea;
- beneficio de las materias primas extra�das para obtener productos comercializables; el beneficio suele realizarse en plantas centralizadas ubicadas directamente al lado de la mina o en los alrededores;
- generaci�n de energ�a el�ctrica en centrales termoel�ctricas; sobre todo en la extracci�n de lignito, �stas suelen encontrarse en las inmediaciones del �rea de explotaci�n;
- construcci�n y obras de ingenier�a civil en general; la construcci�n de la infraestructura minera requerida y la conexi�n a las redes de transporte que conducen a los mercados exigen actividades de construcci�n muy intensas, ya que las explotaciones mineras suelen encontrarse en zonas aisladas;
- disposici�n de residuos, tales como lodos de espesamiento, aceites hidr�ulicos, lubricantes usados, etc.;
- gesti�n de recursos h�dricos; el vertido de agua de minas en aguas superficiales y subterr�neas y la extracci�n de aguas de proceso alteran la calidad y la cantidad de los recursos h�dricos;
- silvicultura; el suministro de grandes cantidades de madera para entibaci�n hace indispensable la cooperaci�n con este �mbito;
- ordenaci�n del espacio y planificaci�n regional; el desarrollo regional siempre deriva fuertes impulsos de las actividades mineras.
5. Evaluaci�n sin�ptica de la relevancia ambiental
En resumen, se puede describir la miner�a subterr�nea como una actividad de la cual resultan efectos ambientales considerables. Especialmente la extracci�n de recursos, la alteraci�n de las rocas adyacentes y de las aguas subterr�neas, la contaminaci�n del aire, los efectos del ruido y del polvo, la contaminaci�n de las aguas superficiales as� como cambios y alteraciones paisaj�sticas pueden deteriorar seriamente el medio ambiente.
En comparaci�n con la miner�a a cielo abierto y otras industrias, la miner�a subterr�nea ocupa superficies reducidas. Adem�s, con excepci�n de las escombreras, el uso de superficies es temporal, pues est� restringido al per�odo de explotaci�n de la mina.
La miner�a subterr�nea tiene fuertes repercusiones para los mineros que trabajan bajo tierra; supone un riesgo para su salud y su seguridad si no se observan rigurosamente las disposiciones y medidas de protecci�n.
Por �ltimo, la miner�a subterr�nea produce efectos sociales, especialmente cuando se trata de explotaciones de car�cter especulativo, como lo son la extracci�n de metales valiosos y de piedras preciosas.
Aunque muchos de los efectos ambientales de la miner�a subterr�nea no pueden eliminarse del todo, no obstante es indispensable limitarlos. La evaluaci�n de los efectos ambientales y la elaboraci�n de medidas de protecci�n exigen datos detallados y completos, ya que las deficiencias de informaci�n se traducen en un alto grado de incertidumbre en el desempe�o de las actividades. Las investigaciones ambientales del proyecto deben dise�arse de forma que la recopilaci�n de los datos requeridos pueda llevarse a cabo desde un principio, es decir en las fases preparatorias de reconocimiento, prospecci�n y exploraci�n.
La definici�n de concentraciones l�mite admisibles, al igual que su aplicaci�n, vigilancia y control en explotaciones subterr�neas han alcanzado niveles ejemplares en muchos pa�ses con tradici�n minera. Sin embargo, debido a las grandes diferencias en las condiciones b�sicas de los distintos pa�ses, la transferencia directa de mecanismos de aplicaci�n y vigilancia de un pa�s a otro s�lo ser� factible en casos espec�ficos. En todo caso, independientemente de las condiciones reinantes en cada lugar, debe hacerse todo lo posible por establecer normas destinadas a evitar perjuicios para el hombre y el medio ambiente. El mayor problema desde el punto de vista medioambiental lo constituyen las numerosas explotaciones informales en peque�a escala, las cuales operan sin ning�n control, utilizando m�todos deficientes, inseguros y a menudo peligrosos para el medio ambiente.
El funcionamiento correcto y adecuado de las explotaciones mineras exige una supervisi�n estricta (mediciones peri�dicas, recopilaci�n de datos y observaci�n de los principales valores l�mite). Para ello, se necesitan organismos ejecutores competentes.
Obras generales
Arndt, P., Luttig, G.W., 1987: Mineral resources, extraction, environmental protection and land-use planning in the industrial and developing countries. Stuttgart.
Banco Interamericano de Desarrollo: Environmental Checklist for Mining Projects.
Bender, F. (ed.), 1984: Geologie der Kohlenwasserstoffe, Hydrogeologie, Ingenieurgeologie, Angewandte Geowissenschaften in Raumplanung und Umweltschutz. En: Angewandte Geowissenschaften III: p�g. 674, Stuttgart.
Bundesberggesetz (BBergG) - 2a edici�n, 1989. Gl�ckauf-Verlag, Essen.
CE - Comunidad Europea, 27 de junio de 1985: Directiva del Consejo relativa a la evaluaci�n de las repercusiones de determinados proyectos p�blicos y privados sobre el medio ambiente (85/337). Diario Oficial de las Comunidades Europeas N� L175/40 del 5 de julio de 1985, p�gs. 9 y sigs.
Deutsche Forschungsgemeinschaft, 1990: Maximale Arbeitsplatz-Konzentrationen und Biologische Arbeitsstofftoleranzwerte, Weinheim.
Down, C. G., Stocks, J., 1977: Environmental Impact of Mining. Applied Science Publishers Ltd., Londres.
Environmental Impact of Iron Ore Mining and Control, julio/agosto de 1981: Jain N.C.J., Mines, Metals, Fuels, Vol. 29, No. 7/8.
Environmental Monitoring and Control, mayo de 1986. World Mining Equipment, Vol. 10, No. 5.
Franke, H., Guntermann, J. und Paersch, M., 1989: Kohle und Umwelt, Gl�ckauf-Verlag, Essen.
Johnson, M.S., Mortimer, A.M. y otros, 1987: Environmental Aspects of Metalliferous Mining. A Select Bibliography. En: Technical Communications. Letchworth, Hertfordshire.
Jones, S.G., 1988: Environmental Aspects of Mining Developments in Papua, New Guinea. Prepr. Society of Mining Engineers. AIME, No. 88 - 155.
Kelly, M., Allison, W.J., Garman, A.R., Symon, C.J.: Mining and the Freshwater Environment. Elsevier Applied Science.
Klima-Bergverordnung (KlimaBergV), 1983. Gl�ckauf-Verlag, Essen.
Lambert, C.M. y otros, 1981: Environmental Impact Assessment. A Select List of References Based on the DOE/DTp., Department of the Environment and Department of Transport Library, Londres.
OMS - Organizaci�n Mundial de la Salud, 1985: Environmental Pollution Control in Relation to Development, Report of a WHO Expert Committee. (World Health Organisation Technical Report Series, No. 178), Ginebra.
ONU - Organizaci�n de las Naciones Unidas, Departamento de Cooperaci�n T�cnica para el Desarrollo, 1991: Proceedings of the International Round Table for Mining and Environment, Fundaci�n Alemana para el Desarrollo Internacional (DSE), Berl�n.
Rawert, H., 1979: Die Erschlie�ung neuer Abbaur�ume als landes- und regionalplanerisches Problem - das Beispiel Haard. En: Markscheidewesen 86, No. 2, p�gs. 31-41.
Schmidt, G., 1989: Umweltvertr�glichkeitspr�fung bei Projekten des Bergbaus. En: Gl�ckauf 125, No. 5/6.
Sengupta, M., 1990: Mine Environmental Engineering, Vols. I y II, CRC Press Inc., Boca Rat�n, Florida.
Servicio Nacional de Geolog�a y Miner�a de Chile, Ministerio de Miner�a, 1988: Reglamento de Seguridad Minera. Decreto Supremo No. 72 del 21 de octubre de 1985.
Solving Environmental Problems, junio de 1985. En: World Mining Equipment, Vol. 9, No. 6.
Stein, V., 1984: Bergbau und Umwelt. En: Erzmetall 37, No. 1, p�gs. 9-14.
Literatura especializada
Metano
Landesoberbergamt Dortmund: Rundverf�gung 33-111.15/7455/64-17/2/65; Bergbauverordnung Steinkohle (BVOSt) � 158, � 150; Bergbauverordnung Erzbergwerke (BVOE), � 97; Sonderbewetterungsrichtlinien; Gebirgsschlagrichtlinien; Gasausbruchrichtlinien; Gasabsaugrichtlinien.
Mon�xido de carbono
Hauptstelle f�r das Grubenrettungswesen der Bergbau-Forschung GmbH, 1982: Plan f�r Grubenrettungswesen, Essen.
Landesoberbergamt Dortmund: Bergbauverordnung Steinkohle (BVOSt) � 150.
Di�xido de carbono
Landesoberbergamt Dortmund: Bergbauverordnung Steinkohle (BVOSt), � 150.
Hidr�geno sulfurado
Landesoberbergamt Dortmund: Bergbauverordnung Steinkohle (BVOSt), � 150.
Oxidos de nitr�geno
Landesoberbergamt Dortmund: Sprengschwadenrichtlinie.
Velocidad de ventilaci�n
Landesoberbergamt Dortmund: Bergbauverordnung Erzbergwerke (BVOE), � 19; Bergbauverordnung Steinkohle (BVOSt), � 151; Sonderbewetterungsrichtlinien.
Ventilaci�n
Landesoberbergamt Dortmund: Bergbauverordnung Steinkohle (BVOSt), � 150.
Temperatura
Landesoberbergamt Dortmund: Klima-Bergverordnung, � 3.
Ruido
Landesoberbergamt Dortmund: Ma�nahmen f�r den L�rmschutz Kleinkaliber-Bohrger�te (Bohrhammer, Drehbohrmaschinen), Rundverf�gung 12.21.11-4-7 (SB1.A 2.4).
Westf�lische Berggewerkschaftskassen, Bochum: Ger�uschme�vorschriften DIN 45, 365; 52 Gruben-Diesellokomotiven; 53 Dieselkatzen; 54 Gruben-Gleislos-Fahrzeuge; 55 Rangierkatzen.
Polvo
Landesoberbergamt Dortmund: Bergbauverordnung Steinkohle (BVOSt), � 44 - 48, mit Plan f�r die Staubmessungen an ortsfesten Me�stellen zur Feststellung und zur gravimetrischen Beurteilung der Feinstaubbelastung, MAK und BAT.
Aguas
CE - Comunidad Europea, 16 de junio de 1975: 75/448: Directiva del Consejo de 16 de junio de 1975 relativa a la calidad de aguas superficiales destinadas al consumo humano. En: Diario Oficial de las Comunidades Europeas N� L194, 25/07/75, p�g. 0026.
CE - Comunidad Europea, 15 de julio de 1980: CEE 80/778: Directiva del Consejo de 15 de julio de 1980 relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano. En: Diario Oficial de las Comunidades Europeas N� 2229, 30/08/80, p�g. 0011.
Landesamt f�r Wasser und Abfall Nordrhein-Westfalen: Grundwasserbericht 84/85, D�sseldorf 10/85.
Vertederos, Suelos
Kloke, A., 1980: Orientierungsdaten f�r tolerierbare Gesamtgehalte einiger Elemente in Kulturb�den, Mitteilungen des Verbandes deutscher landwirtschaftlicher Untersuchungs- und Forschungsanstalten, No. 1-3, enero-junio de 1980.
Kloke, A., 1984: Die Bedeutung von Richt- und Grenzwerten f�r Schwermetalle in B�den und Pflanzen, Mitteilungen der Biologischen Bundesanstalt f�r Land- und Forstwirtschaft, No. 223, octubre de 1984, Berl�n (Dahlem).
Pflanzenschutzamt Berlin, 1985: �ber die Schwermetallbelastung von B�den. Berl�n.
Stein, V., 1985: Anleitung zur Rekultivierung von Steinbr�chen und Gruben der Stein- und Erden-Industrie, Deutscher Institutsverlag, Colonia.
Estanques de sedimentaci�n
Davis, R.D., Hucker, G., L'Hermite, P., 1982: Environmental Effects of Organic and Inorganic Contaminants in Sewage Sludge, Comisi�n de la Comunidad Europea, 25-26 de mayo de 1982. Reidel D. Publishing Company Dordrecht, Boston, Londres.