3. An�lisis y evaluaci�n de impacto ambiental. Fuentes de referencia

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3.1 Aire

En Alemania, las concentraciones admisibles de gases en el aire de las minas subterr�neas se exponen en los reglamentos relativos a las minas de carb�n de piedra y de minerales25 emitidos por el inspectorado de minas de Renania del Norte-Westfalia26 y en las directivas espec�ficas de dicho organismo.

A continuaci�n se describen las medidas que deben tomarse cuando la concentraci�n de metano (CH4) en el aire de ventilaci�n libremente circulante supera los siguientes valores:

m�s de 0,5 %: desconexi�n del sistema el�ctrico de locomotoras de trole
m�s de 1,0 %: medici�n y vigilancia de la concentraci�n, con representaci�n gr�fica
m�s de 0,3 %: desconexi�n de equipos el�ctricos
m�s de 2,0 %: desconexi�n de aparatos de vigilancia

Las instalaciones de evacuaci�n de gases est�n sujetas a las directrices relativas la aspiraci�n de gases.

A partir de una concentraci�n de 50 partes por mill�n (ppm) de mon�xido de carbono (CO), deben adoptarse medidas especiales de rescate, salvamento y seguridad, seg�n un plan elaborado por el servicio minero de salvamento.27

25Bergbauverordnung f�r Steinkohlenbergwerke (BVOSt), Bergbauverordnung Erzbergwerke (BVOE)
26Landesoberbergamt Nordrhein-Westfalen
27Hauptstelle f�r das Grubenrettungswesen der Bergbauforschung GmbH (HGRW), Essen, 1982

Cuando la concentraci�n de di�xido de carbono (CO2) alcanza un nivel de 1,0 % se prohibe el acceso a las minas.

Cuando la concentraci�n de �xidos de nitr�geno es de 300 ppm NOx, con 30 ppm de NO2, el per�odo de exposici�n m�xima es de 5 minutos. Si la concentraci�n es de 100 ppm NOx (con un m�ximo de 10 ppm de NO2), el tiempo m�ximo de exposici�n es de 15 minutos por turno de trabajo.

El contenido en ox�geno tiene que ser de por lo menos 19 %.

La concentraci�n de �cido sulfh�drico (H2S) no debe ser superior a 20 ppm.

Todas las mediciones de gas se realizan con un aparato calibrado, de venta en establecimientos comerciales especializados.

Debe mantenerse una velocidad del aire de por lo menos 0,1 m/s en espacios grandes y de por lo menos 1,0 m/s en galer�as con transporte de trole. En galer�as destinadas a la circulaci�n de personas, la velocidad del aire de ventilaci�n no debe superar los 6,0 m/s.

Se ha fijado un volumen m�nimo de aire de 6 m�/minuto por persona, al cual deben agregarse entre 3 y 6 m�/minuto por cada caballo de vapor de los motores diesel que operan en la mina (cuando la concentraci�n de CO en el aire es de 0,06 a 0,12 %).

La velocidad del aire se determina por medici�n (anem�metros); el volumen de aire se calcula en base a la velocidad y el corte transversal de las labores.

Algunos de los reglamentos relativos a las concentraciones de gas y al volumen y/o velocidad del aire son v�lidos en diversos pa�ses, por ejemplo en las minas de carb�n de piedra de la India, en las minas de Chile y de la Rep�blica Popular de China, etc.

3.2 Ruido

Las disposiciones del inspectorado de minas de Renania del Norte-Westfalia28 con sede en Dortmund pueden tomarse como ejemplo de los valores l�mite aplicables a la emisi�n de ruido bajo tierra.

La intensidad ac�stica de los aparatos de perforaci�n no debe exceder los 106 dB (A) a una distancia de 1 metro, seg�n una disposici�n del inspectorado de minas de Renania del Norte-Westfalia.29

A partir de cierto nivel de ruido deben usarse dispositivos de protecci�n auditiva. La directiva de la Comunidad Europea relativa al ruido en la miner�a30 entr� en vigor en Alemania en 1992. La caja de enfermedad y de seguridad social del o sindicato minero de Westfalia31 en Bochum, por su parte, ha elaborado diversas normas para la medici�n de niveles sonoros. Los aparatos de medici�n pueden adquirirse en establecimientos comerciales especializados.

28Verf�gungen des Landesoberbergamtes Nordrhein-Westfalen (LOBA)
29Rundverf�gung des Landesoberbergamtes Nordrhein-Westfalen (LOBA)
30Directiva del Consejo de la CEE relativa al ruido (1988)
31Westf�lische Berggewerkschaftskasse

3.3 Polvo

En la Rep�blica Federal de Alemania son aplicables los valores publicados anualmente por el consejo alem�n de investigaciones32 en Bonn, relativos a las concentraciones m�ximas admisibles en el puesto de trabajo (MAK)33, as� como a las concentraciones tolerables de mut�genos y sustancias cancer�genas (TRK)34 y a los valores de tolerancia biol�gica para sustancias empleadas en el trabajo (BAT)35. En ambientes donde se presentan concentraciones que afectan directamente a la salud, deben observarse estos valores de referencia u otros comparables (por ejemplo, los de organizaciones internacionales tales como el Banco Mundial).

32Deutsche Forschungsgemeinschaft
33Maximale Arbeitsplatz-Konzentrationen (MAK)
34Technische Richtkonzentrationen (TRK)
35Biologische Arbeitsstoff-Toleranzwerte (BAT)

En lo que respecta a la concentraci�n m�xima admisible de polvo en el puesto de trabajo, el valor m�s importante es el relativo al polvo fino de cuarzo bajo tierra, el cual ha sido fijado en 0,15 mg/m�. Para el polvo fino con contenido en cuarzo, es decir, el que contiene m�s de 1 % de este mineral, se ha establecido adicionalmente un valor de 4 mg/m�. Unicamente en la miner�a de carb�n de piedra se mantuvieron hasta hace poco valores l�mite m�s altos (0,60 mg/m� y 12 mg/m�, respectivamente), los cuales entretanto han sido reducidos (a partir de 1992).

La exposici�n m�xima admisible por persona se calcula multiplicando el n�mero de turnos de trabajo por la concentraci�n de polvo (mg/m�), y se ha fijado en 2.500 mg/m� en cinco a�os. Todos los trabajos bajo tierra se clasifican seg�n el grado de contaminaci�n con polvo.

Para personas con silicosis leve se ha establecido un valor de exposici�n m�xima de 1.500 (mg/m� x n�mero de turnos de trabajo) en un per�odo de 5 a�os. En Renania del Norte-Westfalia (estado federado alem�n con el mayor n�mero de minas), las mediciones y su evaluaci�n est�n sujetas al reglamento de minas de carb�n de piedra.36

36Bergbauverordnung f�r Steinkohlenbergwerke, Art�culos 44-48 (�ltima versi�n aprobada el 19 de febrero de 1979)

Tabla 3 - Otras concentraciones m�ximas de polvo importantes en la miner�a:

  fibras/m� mg/m�
asbesto    
- croquidelita 0,5 x 106* 0,025*
- dem�s tipos de asbesto 1 x 106* 0,05*
- polvo fino con contenido en asbesto -- 2,0*
berilo cancer�geno  
polvo fino de �xido f�rrico -- 6
espatofl�or -- 2,5
polvo de minerales de n�quel (sulfurosos) cancer�geno  
mercurio   0,1
cinabrio   0,01
di�xido de titanio   6
�xidos de manganeso   1
compuestos de uranio   0,25

Las mediciones se realizan mediante an�lisis por absorci�n at�mica y an�lisis radiol�gico de fluorescencia. Es recomendable aplicar estos valores a proyectos en pa�ses en desarrollo, utilizando los m�todos de medici�n y an�lisis de los pa�ses industrializados (v�ase la bibliograf�a).

* concentraci�n tolerable de mut�genos y sustancias cancer�genas (TRK)

3.4 Agua

En Europa, el vertido de aguas de proceso y residuales procedentes de la industria y de la miner�a est� estrictamente reglamentado. La directiva del Consejo de la Comunidad Europea (CE) referente a la captaci�n de agua potable en los Estados miembro37 establece tres categor�as de agua que requieren distintos grados de tratamiento (el nivel menor de tratamiento corresponde a la categor�a A1, los niveles mayores a las categor�as A2 y A3). Para ello se han establecido valores de referencia (G) y valores vinculantes (I). En la tabla siguiente se representan los valores de la CE correspondientes a la tercera categor�a (A3), junto con los valores umbral (Schw), por encima de los cuales existe un riesgo para la salud38, y los valores l�mite vinculantes (GW)39 establecidos por la oficina de agua y saneamiento de Renania del Norte-Westfalia (RNW)40. Los valores han sido seleccionados por su relevancia para las aguas de mina subterr�neas.

37Directiva de la CEE del 16 de julio de 1978, enmendada el 15 de julio de 1980

38Alem�n: Schwellenwerte (Schw)

39Alem�n: Grenzwerte (GW)

40Landesamt Wasser und Abfall Nordrhein-Westfalen, Entwurf Trinkwasserverordnung (TVO), 26 de julio de 1984

Tabla 4 - Directrices para la captaci�n de agua potable

Elemento Comunidad Europea Renania del Norte-Westfalia Elemento Comunidad Europea Renania del Norte-Westfalia
[g/l] G I Schw GW [mg/l] G I Schw GW
Fe - 0,2 - 0,2 Cr - 0,05 0,03 0,05
Mn - 0,1 - 0,1 Pb - 0,05 0,01 0,04
Cu 1 - 0,03 - Se - 0,01 - -
Zn 1 - 0,1 2,0 Hg 0,0005 0,001 - -
B 1 - - - Ba - 1 - -
Mg - - 25 50 NO3 25 50 5 11
Na - - 50 150 SO4 150 250 120 240
K - - 5 12 Cl 200 - 25 -
Ni - 0,05 0,03 0,05 F 0,7/1,7 1 - -
As - 0,1 0,006 0,04          
Cd - 5 2 5 pH 5,5 - 9 6,5 - 8

3.5 Suelo

Las escombreras rara vez se destinan a la explotaci�n agr�cola despu�s de su restauraci�n. No obstante, en caso de prever este tipo de uso, los valores tolerables para el contenido de metales pesados en los suelos podr�n consultarse en las directivas de la asociaci�n de centros alemanes para la investigaci�n agr�cola41 en Darmstadt o en el Centro Federal de Investigaciones Biol�gicas para Agricultura y Silvicultura42 en Berl�n. En general, ser� necesario identificar las sustancias contenidas en las escombreras y cualquier comportamiento de lixiviaci�n que pueda limitar el uso del suelo.

41Verband Deutscher Landwirtschaftlicher Untersuchungs- und Forschungsansalten

42Biologische Bundesanstalt f�r Land- und Forstwirtschaft

4. Relaci�n con otros �mbitos de actividad

La miner�a subterr�nea est� estrechamente ligada a otros �mbitos de actividad en cuanto respecta a sus efectos ambientales. Los �mbitos m�s importantes son:

- prospecci�n y exploraci�n de recursos geol�gicos, como actividad preliminar a la explotaci�n subterr�nea;

- beneficio de las materias primas extra�das para obtener productos comercializables; el beneficio suele realizarse en plantas centralizadas ubicadas directamente al lado de la mina o en los alrededores;

- generaci�n de energ�a el�ctrica en centrales termoel�ctricas; sobre todo en la extracci�n de lignito, �stas suelen encontrarse en las inmediaciones del �rea de explotaci�n;

- construcci�n y obras de ingenier�a civil en general; la construcci�n de la infraestructura minera requerida y la conexi�n a las redes de transporte que conducen a los mercados exigen actividades de construcci�n muy intensas, ya que las explotaciones mineras suelen encontrarse en zonas aisladas;

- disposici�n de residuos, tales como lodos de espesamiento, aceites hidr�ulicos, lubricantes usados, etc.;

- gesti�n de recursos h�dricos; el vertido de agua de minas en aguas superficiales y subterr�neas y la extracci�n de aguas de proceso alteran la calidad y la cantidad de los recursos h�dricos;

- silvicultura; el suministro de grandes cantidades de madera para entibaci�n hace indispensable la cooperaci�n con este �mbito;

- ordenaci�n del espacio y planificaci�n regional; el desarrollo regional siempre deriva fuertes impulsos de las actividades mineras.

5. Evaluaci�n sin�ptica de la relevancia ambiental

En resumen, se puede describir la miner�a subterr�nea como una actividad de la cual resultan efectos ambientales considerables. Especialmente la extracci�n de recursos, la alteraci�n de las rocas adyacentes y de las aguas subterr�neas, la contaminaci�n del aire, los efectos del ruido y del polvo, la contaminaci�n de las aguas superficiales as� como cambios y alteraciones paisaj�sticas pueden deteriorar seriamente el medio ambiente.

En comparaci�n con la miner�a a cielo abierto y otras industrias, la miner�a subterr�nea ocupa superficies reducidas. Adem�s, con excepci�n de las escombreras, el uso de superficies es temporal, pues est� restringido al per�odo de explotaci�n de la mina.

La miner�a subterr�nea tiene fuertes repercusiones para los mineros que trabajan bajo tierra; supone un riesgo para su salud y su seguridad si no se observan rigurosamente las disposiciones y medidas de protecci�n.

Por �ltimo, la miner�a subterr�nea produce efectos sociales, especialmente cuando se trata de explotaciones de car�cter especulativo, como lo son la extracci�n de metales valiosos y de piedras preciosas.

Aunque muchos de los efectos ambientales de la miner�a subterr�nea no pueden eliminarse del todo, no obstante es indispensable limitarlos. La evaluaci�n de los efectos ambientales y la elaboraci�n de medidas de protecci�n exigen datos detallados y completos, ya que las deficiencias de informaci�n se traducen en un alto grado de incertidumbre en el desempe�o de las actividades. Las investigaciones ambientales del proyecto deben dise�arse de forma que la recopilaci�n de los datos requeridos pueda llevarse a cabo desde un principio, es decir en las fases preparatorias de reconocimiento, prospecci�n y exploraci�n.

La definici�n de concentraciones l�mite admisibles, al igual que su aplicaci�n, vigilancia y control en explotaciones subterr�neas han alcanzado niveles ejemplares en muchos pa�ses con tradici�n minera. Sin embargo, debido a las grandes diferencias en las condiciones b�sicas de los distintos pa�ses, la transferencia directa de mecanismos de aplicaci�n y vigilancia de un pa�s a otro s�lo ser� factible en casos espec�ficos. En todo caso, independientemente de las condiciones reinantes en cada lugar, debe hacerse todo lo posible por establecer normas destinadas a evitar perjuicios para el hombre y el medio ambiente. El mayor problema desde el punto de vista medioambiental lo constituyen las numerosas explotaciones informales en peque�a escala, las cuales operan sin ning�n control, utilizando m�todos deficientes, inseguros y a menudo peligrosos para el medio ambiente.

El funcionamiento correcto y adecuado de las explotaciones mineras exige una supervisi�n estricta (mediciones peri�dicas, recopilaci�n de datos y observaci�n de los principales valores l�mite). Para ello, se necesitan organismos ejecutores competentes.

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Landesoberbergamt Dortmund: Bergbauverordnung Steinkohle (BVOSt), � 150.

Oxidos de nitr�geno

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Ventilaci�n

Landesoberbergamt Dortmund: Bergbauverordnung Steinkohle (BVOSt), � 150.

Temperatura

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Ruido

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